Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
No procede la aprobación de prestaciones adicionales en contratos por selección no competitiva por desabastecimiento; para ejecutar adicionales se debe aprobar una nueva contratación mediante procedimiento no competitivo, generando un nuevo contrato.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Procedencia y procedimiento para la aprobación de prestaciones adicionales en contratos derivados de procedimientos de selección no competitivos por situación de desabastecimiento.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
La normativa establece que en contratos derivados de procedimientos no competitivos por desabastecimiento no se aprueban adicionales; en caso de requerirse prestaciones adicionales, se debe iniciar un nuevo procedimiento de selección no competitivo, generando un nuevo contrato independiente, sin aplicación de límites porcentuales para adicionales y con posibilidad de seleccionar un proveedor distinto.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Ley N.º 32069. La opinión se relaciona con la Ley N.º 32069 y su Reglamento, según el alcance y las disposiciones citadas en el documento.
Regla relevante para aplicar el criterio
En contratos por selección no competitiva por desabastecimiento no procede la aprobación de adicionales; se debe realizar una nueva contratación para prestaciones adicionales.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Contratos derivados de procedimientos de selección no competitivos por situación de desabastecimiento | No procede la aprobación de prestaciones adicionales dentro del contrato original | Cuando se requieran prestaciones adicionales, se debe aprobar una nueva contratación mediante procedimiento no competitivo conforme a los artículos 101 y 102 del Reglamento |
| Nueva contratación para prestaciones adicionales en contratos por desabastecimiento | El monto del nuevo contrato debe corresponder al valor de las prestaciones adicionales sin aplicar límite porcentual | El nuevo contrato es independiente y no está sujeto al artículo 64 de la Ley |
| Selección del proveedor para nuevas prestaciones adicionales | La DEC identifica y selecciona al proveedor que cumpla requisitos, pudiendo ser distinto al contratista original | Durante la estrategia y fase de selección del procedimiento no competitivo |
Condiciones y límites de aplicación
- Existencia de situación extraordinaria e imprevisible que genera ausencia inminente de bien o servicio
- La ausencia compromete la continuidad de funciones de la entidad contratante
- Procedimiento de selección no competitivo aplicado conforme a la Ley y Reglamento
- No procede aprobación de adicionales dentro del contrato original en casos de desabastecimiento
Disposiciones normativas citadas
- Artículo 55 de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Literal c) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley
- Artículo 100 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 103 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículos 101 y 102 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 64 de la Ley General de Contrataciones Públicas
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Orientar a las entidades contratantes sobre la correcta aplicación del procedimiento no competitivo por desabastecimiento
- Evitar aprobaciones indebidas de adicionales dentro de contratos por desabastecimiento
- Guiar la gestión de nuevas contrataciones para prestaciones adicionales con cumplimiento normativo
- Facilitar la selección adecuada del proveedor para nuevas prestaciones adicionales
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2025). Opinión N.º D000051-2025-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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