Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
En la contratación directa por situación de emergencia, la Entidad puede modificar el requerimiento para mejorar, actualizar o perfeccionar las especificaciones técnicas únicamente hasta antes de la aprobación de la contratación directa o perfeccionamiento del contrato; luego de ello, no es posible modificar el contrato ni sus términos, y la justificación prevista en el numeral 29.11 del artículo 29 del anterior Reglamento no resulta aplicable en este contexto.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Determinación del momento y condiciones para modificar el requerimiento en la contratación directa por situación de emergencia bajo la anterior normativa.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
El contrato en la contratación directa por situación de emergencia se perfecciona con la concurrencia de la oferta y aceptación, por lo que la modificación del requerimiento solo es posible antes de dicho perfeccionamiento; la etapa de regularización posterior no permite modificaciones contractuales ni de requerimientos, y el término “justificación” para modificar especificaciones técnicas no es aplicable en este contexto de urgencia e inmediatez.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Normativa anterior: Ley N.º 30225. La opinión se analiza bajo el régimen anterior de la Ley N.º 30225 y las disposiciones reglamentarias aplicables al caso. No debe trasladarse automáticamente a la Ley N.º 32069.
Regla relevante para aplicar el criterio
En la contratación directa por situación de emergencia, el requerimiento puede modificarse para mejorar, actualizar o perfeccionar las especificaciones técnicas solo hasta antes de la aprobación de la contratación directa o perfeccionamiento del contrato.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Contratación directa por situación de emergencia sin requerimiento formal previo | La Entidad puede contratar inmediatamente sin requerimiento formal y no puede modificar el contrato ni requerimiento después del perfeccionamiento. | Urgencia e inmediatez que impiden formalidades previas. |
| Contratación directa por situación de emergencia con requerimiento formal elaborado y cotizaciones recibidas | La Entidad puede modificar el requerimiento para mejorar, actualizar o perfeccionar las especificaciones técnicas hasta antes de aprobar la contratación directa o perfeccionar el contrato. | Modificación debe ser previa al perfeccionamiento del contrato. |
Condiciones y límites de aplicación
- Existencia de causal de situación de emergencia conforme a la anterior Ley.
- Contrato perfeccionado con oferta y aceptación.
- Modificación del requerimiento previa al perfeccionamiento del contrato.
- Regularización posterior no permite modificaciones.
Disposiciones normativas citadas
- Artículo 27 literal b) de la anterior Ley: causales de contratación directa por emergencia.
- Artículo 100 literal b) del anterior Reglamento: contratación inmediata y regularización posterior en emergencia.
- Artículo 16 de la anterior Ley y artículo 29 del anterior Reglamento: elaboración de requerimiento formal.
- Numeral 29.11 del artículo 29 del anterior Reglamento: modificación del requerimiento con justificación.
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Orientar a las Entidades sobre el momento oportuno para modificar requerimientos en contratación directa por emergencia.
- Evitar errores en la aplicación de formalidades y modificaciones posteriores al contrato en situaciones de emergencia.
- Facilitar la atención inmediata de necesidades públicas en emergencias sin incumplir la normativa.
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2026). Opinión N.º D000025-2026-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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