Biblioteca jurídica de opiniones

OPINIÓN N.º D000004-2025-OECE-DTN

¿Se puede contratar directamente prestaciones pendientes de un contrato resuelto bajo la nueva Ley?

Contratación directa para prestaciones pendientes de contratos resueltos bajo la Ley N° 32069

Régimen: Normativa anterior: Ley N.º 30225Año 2025contratación directa
Documento identificadoCriterios jurídicos estructuradosEnlaces a opiniones relacionadas

Análisis y criterio interpretativo

RESPUESTA JURÍDICA ESENCIAL

¿Qué señala la opinión?

Desde la entrada en vigencia de la Ley N° 32069 y su Reglamento, todo proceso de contratación, incluida la contratación directa para prestaciones pendientes derivadas de contratos resueltos, debe regirse por la normativa vigente, y la causal de contratación directa prevista solo es aplicable cuando el contrato original proviene de un procedimiento competitivo.

Síntesis informativa · Para una interpretación integral, consulte la opinión original del OECE

Del criterio al caso concreto

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