Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
Los mayores gastos generales variables reconocidos por ampliación de plazo deben asociarse al periodo adicional otorgado. En ampliaciones por ejecución de prestaciones adicionales con gastos generales incluidos en su presupuesto, no se aplica la fórmula general de cálculo para evitar duplicidad.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Determinación y alcance del reconocimiento y cálculo de mayores gastos generales variables en ampliaciones de plazo por ejecución de prestaciones adicionales en contratos de obra bajo la normativa anterior.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
El reconocimiento de mayores gastos generales variables está vinculado al tiempo adicional otorgado por la ampliación de plazo. Cuando la ampliación es para ejecutar una prestación adicional que tiene sus propios gastos generales presupuestados, no se aplica la fórmula general de cálculo para evitar doble reconocimiento.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Normativa anterior: Ley N.º 30225. La opinión se analiza bajo el régimen anterior de la Ley N.º 30225 y las disposiciones reglamentarias aplicables al caso. No debe trasladarse automáticamente a la Ley N.º 32069.
Regla relevante para aplicar el criterio
Los mayores gastos generales variables por ampliación de plazo se reconocen en función del periodo adicional otorgado, excepto cuando la ampliación es para ejecución de prestaciones adicionales que incluyen sus propios gastos generales en su presupuesto.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Ampliación de plazo por causas ajenas al contratista que no sean ejecución de prestaciones adicionales | Se aplica la fórmula general multiplicando los días de ampliación por el gasto general variable diario del contrato principal | No existir presupuesto de gastos generales propios en la ampliación |
| Ampliación de plazo para ejecución de prestación adicional con presupuesto que incluye gastos generales | No se aplica la fórmula general para evitar doble reconocimiento de gastos generales variables | El presupuesto de la prestación adicional contemple gastos generales fijos y variables |
Condiciones y límites de aplicación
- La ampliación de plazo debe estar debidamente otorgada conforme a causales previstas en el artículo 197 del anterior Reglamento.
- El presupuesto de la prestación adicional debe incluir gastos generales fijos y variables propios.
- La fórmula general se aplica salvo que exista presupuesto propio de gastos generales en la prestación adicional.
Disposiciones normativas citadas
- Numeral 199.1 del artículo 199 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (anterior Reglamento)
- Numeral 199.3 del artículo 199 del anterior Reglamento
- Artículo 197 del anterior Reglamento
- Artículo 205 del anterior Reglamento
- Numeral 34.9 del artículo 34 de la anterior Ley
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Orientar a entidades y contratistas en la correcta aplicación del reconocimiento y cálculo de mayores gastos generales variables.
- Facilitar la gestión contractual y evitar controversias por pagos indebidos o insuficientes.
- Mejorar la planificación y justificación de ampliaciones de plazo y sus efectos económicos.
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2026). Opinión N.º D000102-2026-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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