Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
Si el profesional reemplazado acreditó un perfil que generó puntaje adicional, el profesional sustituto debe acreditar, como mínimo, el mismo nivel de calificación que sustentó dicho puntaje para mantener el nivel técnico y la validez del resultado del procedimiento de selección.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Determinación del nivel mínimo de experiencia que debe acreditar el profesional que sustituye a un integrante del plantel técnico para mantener el puntaje asignado en el procedimiento de selección.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
El artículo 189.2 del Reglamento establece que la sustitución de personal clave es excepcional y requiere que el reemplazante tenga un perfil igual o mayor al exigido en las bases, y si el profesional reemplazado generó puntaje por experiencia adicional, el reemplazante debe acreditar al menos ese mismo nivel para mantener el puntaje, garantizando así la integridad técnica de la oferta ganadora y la competencia justa.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Ley N.º 32069. La opinión se relaciona con la Ley N.º 32069 y su Reglamento, según el alcance y las disposiciones citadas en el documento.
Regla relevante para aplicar el criterio
El profesional que sustituye a un integrante del plantel técnico debe acreditar un perfil igual o mayor al exigido y, si se otorgó puntaje por experiencia adicional, debe acreditar al menos ese mismo nivel para mantener el puntaje.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Sustitución de personal clave que generó puntaje adicional por experiencia | El reemplazante debe acreditar al menos el mismo nivel de experiencia que generó el puntaje para mantenerlo. | Que el puntaje se haya otorgado en función de la experiencia específica adicional del profesional reemplazado. |
| Sustitución de personal clave sin puntaje adicional asignado | El reemplazante debe tener un perfil igual o mayor al establecido en las bases del procedimiento. | Que no se haya otorgado puntaje adicional por el profesional reemplazado. |
Condiciones y límites de aplicación
- La sustitución debe ser excepcional y contar con sustento objetivo.
- El reemplazante debe cumplir el perfil igual o mayor al exigido en las bases.
- Si se otorgó puntaje por experiencia adicional, el reemplazante debe acreditar al menos ese nivel.
- En metodologías con escalas progresivas, el puntaje del reemplazante debe ser igual o superior al del profesional reemplazado.
Disposiciones normativas citadas
- Artículo 189 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Numeral 189.1 y 189.2 del artículo 189 del Reglamento
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Sirve para que entidades y contratistas gestionen adecuadamente la sustitución de personal clave sin afectar la validez del procedimiento de selección.
- Permite evaluar correctamente la experiencia del profesional sustituto para mantener el puntaje asignado.
- Facilita la toma de decisiones objetivas y fundamentadas en la ejecución contractual.
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2026). Opinión N.º D000057-2026-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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