Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
Para la aplicación del procedimiento de comparación de precios, los bienes deben estar entregados y los servicios implementados en un plazo máximo de cinco días hábiles, siendo este plazo para la entrega o implementación y no para la duración total del contrato.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Interpretación de los términos entregados e implementados como condiciones para aplicar el procedimiento de comparación de precios en contrataciones públicas.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
Los términos 'entregados' e 'implementados' deben entenderse conforme a la naturaleza del objeto contratado: entrega efectiva y apta para uso en bienes, y puesta en funcionamiento con medios operativos en servicios, debiendo cumplirse dentro del plazo máximo de cinco días hábiles para aplicar el procedimiento de comparación de precios.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Ley N.º 32069. La opinión se relaciona con la Ley N.º 32069 y su Reglamento, según el alcance y las disposiciones citadas en el documento.
Regla relevante para aplicar el criterio
En comparación de precios, los bienes deben estar entregados y los servicios implementados en un plazo máximo de cinco días hábiles conforme a su naturaleza.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Contratación de bienes mediante comparación de precios | Los bienes deben estar entregados, es decir, puestos a disposición efectiva y aptos para uso, dentro de cinco días hábiles. | Que el bien sea estándar y no requiera fabricación o modificación especial. |
| Contratación de servicios mediante comparación de precios | Los servicios deben estar implementados, es decir, listos para su ejecución con personal y medios necesarios, dentro de cinco días hábiles. | Que el servicio sea estándar y no requiera modificaciones especiales. |
| Duración del contrato en comparación de precios | La ejecución contractual puede extenderse más allá de cinco días hábiles siempre que la entrega o implementación se cumpla dentro de ese plazo. | Que la naturaleza del objeto contratado justifique un plazo mayor para la ejecución. |
Condiciones y límites de aplicación
- El bien o servicio debe ser estándar y disponible en el mercado.
- La entrega o implementación debe realizarse en un plazo máximo de cinco días hábiles.
- El procedimiento de comparación de precios aplica para cuantías hasta S/ 100,000.
- La entrega implica puesta a disposición efectiva y apta para uso.
- La implementación implica puesta en funcionamiento con medios operativos necesarios.
Disposiciones normativas citadas
- Artículo 4 literal f) de la Ley General de Contrataciones Públicas define comparación de precios como procedimiento competitivo para contratación de bienes y servicios con único factor de evaluación precio.
- Artículo 54.2 de la Ley General de Contrataciones Públicas señala que modalidades diferenciadas de procedimientos competitivos están reguladas en el Reglamento.
- Artículo 95 del Reglamento establece que comparación de precios procede para bienes o servicios estándar que pueden ser entregados o implementados en máximo cinco días hábiles.
- Artículo 97 del Reglamento establece procedimiento para adquisición mediante comparación de precios, incluyendo informe de la DEC y convocatoria a proveedores.
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Permite a las entidades contratantes aplicar correctamente el procedimiento de comparación de precios.
- Orientar a proveedores sobre los plazos y condiciones para la entrega o implementación de bienes y servicios.
- Contribuye a la transparencia y eficiencia en contrataciones públicas.
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2025). Opinión N.º D000043-2025-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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