Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
La Dirección de Estrategia de Contratación debe incluir en el requerimiento los requisitos de calificación obligatorios según las Bases Estándar del procedimiento competitivo correspondiente y evaluar la inclusión de requisitos facultativos en procedimientos no competitivos.
¿Qué cuestión jurídica examina?
Determinación de la obligatoriedad y alcance de los requisitos de calificación en procedimientos de selección no competitivos para arrendamiento de inmuebles.
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
Los requisitos de calificación en procedimientos no competitivos deben remitirse a las Bases Estándar del procedimiento competitivo correspondiente, incorporando los requisitos obligatorios y evaluando la pertinencia de requisitos facultativos, conforme al marco normativo aplicable.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Ley N.º 32069. La opinión se relaciona con la Ley N.º 32069 y su Reglamento, según el alcance y las disposiciones citadas en el documento.
Regla relevante para aplicar el criterio
En procedimientos de selección no competitivos se deben incluir los requisitos de calificación obligatorios conforme a las Bases Estándar del procedimiento competitivo correspondiente.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Procedimiento de selección no competitivo para arrendamiento de inmuebles | Incluir en el requerimiento los requisitos de calificación obligatorios conforme a las Bases Estándar del procedimiento competitivo correspondiente | La DEC debe identificar al proveedor que cumpla con los requisitos de admisión y calificación para invitarlo a presentar oferta |
| Evaluación de requisitos facultativos en procedimiento no competitivo | La Entidad puede considerar requisitos de calificación facultativos adicionales según la estrategia de contratación | Debe evaluarse la pertinencia conforme al numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento |
Condiciones y límites de aplicación
- El procedimiento debe ser no competitivo conforme a las causales del artículo 55 de la Ley y 100 del Reglamento
- El requerimiento debe establecer los requisitos de calificación obligatorios
- La DEC debe identificar al proveedor que cumple los requisitos para la invitación
- La inclusión de requisitos facultativos debe evaluarse conforme a la estrategia de contratación
Disposiciones normativas citadas
- Artículo 55 de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 100 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 101 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 46 de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 68 y 69 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Numeral 3.6 de la Sección Específica de las Bases Estándar de Procedimiento de Selección No Competitivos
- Numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Orientar a las Entidades en la elaboración del requerimiento y estrategia de contratación en procedimientos no competitivos
- Facilitar la correcta aplicación de requisitos de calificación en contratos de arrendamiento de inmuebles
- Prevenir errores en la selección y contratación directa de proveedores
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2025). Opinión N.º D000017-2025-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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