Análisis y criterio interpretativo
¿Qué señala la opinión?
El impedimento por parentesco no alcanza a excónyuges tras el divorcio; la excepción por experiencia para desafectar impedimentos se limita a contratos menores ejecutados con la misma Entidad y la experiencia en servicios debe ser continua por dos años.
¿Qué cuestión jurídica examina?
¿Si el impedimento por parentesco hasta segundo grado de afinidad incluye a excónyuges y cuál es el alcance de la excepción por experiencia en contratos menores para desafectar dicho impedimento?
¿Cómo interpreta la normativa el OECE?
El impedimento por parentesco se basa en el estatus jurídico vigente; al disolverse el vínculo matrimonial por divorcio, el excónyuge pierde el estatus de cónyuge y, por ende, el impedimento no le aplica. La excepción por experiencia se fundamenta en la demostración de experiencia efectiva previa con la misma Entidad contratante, excluyendo experiencia en otras entidades o en el sector privado, y en servicios requiere continuidad temporal ininterrumpida de dos años.
¿A qué régimen se aplica esta opinión?
Ley N.º 32069. La opinión se relaciona con la Ley N.º 32069 y su Reglamento, según el alcance y las disposiciones citadas en el documento.
Regla relevante para aplicar el criterio
El impedimento por parentesco hasta segundo grado de afinidad no aplica a excónyuges tras el divorcio y la excepción por experiencia se limita a contratos menores ejecutados con la misma Entidad contratante en un periodo continuo.
Aplicación práctica del criterio
| Supuesto | Criterio | Condición |
|---|---|---|
| Persona vinculada por matrimonio con persona impedida que se divorcia | El impedimento por parentesco no aplica tras la disolución del vínculo matrimonial | Se debe verificar la pérdida del estatus jurídico de cónyuge conforme al Código Civil |
| Pariente de autoridad impedida que busca desafectar impedimento por experiencia | La experiencia válida debe ser contratos menores ejecutados con la misma Entidad contratante | La experiencia debe ser previa y efectiva en la Entidad a la que se postula |
| Acreditación de experiencia en servicios para desafectar impedimento | Se requiere dos años consecutivos de ejecución continua del servicio | No debe haber interrupciones temporales entre contratos que acrediten la experiencia |
Condiciones y límites de aplicación
- Pérdida del estatus jurídico de cónyuge tras divorcio para excluir impedimento
- Experiencia previa en contratos menores con la misma Entidad para aplicar excepción
- Continuidad temporal ininterrumpida de dos años para experiencia en servicios
Disposiciones normativas citadas
- Numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley General de Contrataciones Públicas
- Artículo 348 del Código Civil sobre disolución del vínculo matrimonial
- Artículo 237 del Código Civil sobre subsistencia de relaciones de parentesco por afinidad
- Definición de consecutivo según Diccionario de la Lengua Española de la RAE
Consecuencias prácticas para entidades y contratistas
- Permite a Entidades y proveedores interpretar correctamente la aplicación de impedimentos y excepciones
- Evita la exclusión injustificada de proveedores con experiencia efectiva en la Entidad
- Facilita la gestión transparente y conforme a ley de procesos de contratación pública
PARA PROFUNDIZAR
Otras preguntas jurídicas relacionadas
Las preguntas orientan la investigación y no sustituyen la lectura integral de la opinión.
SUSTENTO DOCUMENTAL
Fuentes y referencias
- Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes. (2026). Opinión N.º D000026-2026-OECE-DTN. Dirección Técnico Normativa.
Se consigna el año de identificación de la opinión. La fecha exacta de emisión no ha sido verificada para esta ficha.
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