Análisis del Tribunal
¿Qué analizó el Tribunal?
La cotización y la Carta N.° 001-2023-MDC/JRG acreditaron la presentación de los anexos ante la Entidad el 22 de septiembre de 2023. La información declarada no concordaba con la realidad, pues el contratista se encontraba comprendido en los impedimentos imputados por la vinculación familiar y societaria acreditada. La declaración de no estar impedido era exigida para la evaluación de las cotizaciones. El contenido inexacto incidió necesaria y directamente en la obtención de un beneficio concreto: permitió validar la cotización que, de otro modo, habría sido desestimada.
Enseñanza jurídica
Criterio principal
En este caso, se tuvo por configurada la infracción porque los Anexos N.° 03 y N.° 04 fueron presentados ante la Entidad, la declaración de no estar impedido era exigida para evaluar las cotizaciones y no concordaba con la realidad, dado que el contratista estaba comprendido en los impedimentos acreditados por su vinculación familiar y societaria. La inexactitud incidió necesaria y directamente en el beneficio concreto de validar una cotización que, de otro modo, debía ser desestimada.
Pronunciamiento
¿Qué decidió el Tribunal?
Se tuvo por configurada la infracción de presentar información inexacta.
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