Resolución del Tribunal

Resolución N.° 07785-2026-TCP-S2

¿Cómo se acredita el tiempo efectivo de experiencia de un residente de obra?

Tribunal de Contrataciones Públicas3 de agosto de 2026Recurso de apelación contra la evaluación de la experiencia específica adicional del personal clave y la calificación de la oferta adjudicada.

Análisis del Tribunal

¿Qué analizó el Tribunal?

Las bases integradas eran las reglas definitivas de evaluación y exigían que la documentación permitiera identificar, entre otros datos, las fechas de inicio y culminación de la experiencia del personal clave. Los documentos acreditaban el periodo de ejecución de cada obra, pero no permitían concluir objetivamente que el residente hubiese ejercido sus funciones durante todo ese periodo. La mención del profesional como residente en el acta no acreditaba por sí sola la duración efectiva de sus servicios. El acta de recepción no constituía conformidad implícita del periodo de experiencia del profesional, pues certificaba la ejecución de la obra, no el tiempo efectivo de desempeño del residente. Se excluyeron sesenta y noventa días, equivalentes en conjunto a cinco meses; con el descuento, la experiencia acreditada del residente fue de dos años, diez meses y quince días, inferior a los tres años requeridos para el puntaje adicional.

Enseñanza jurídica

Criterio principal

Cuando las bases integradas exigen identificar las fechas de inicio y culminación de la experiencia del personal clave, los documentos deben acreditar fehacientemente el periodo efectivo de desempeño en el cargo. En este caso, los contratos y las actas acreditaban la duración de las obras, pero no que el residente hubiera ejercido durante todo ese tiempo; la mención del cargo en el acta no acreditaba por sí sola la duración de los servicios.

Pronunciamiento

¿Qué decidió el Tribunal?

Se confirmó la decisión de no computar los periodos de sesenta y noventa días.

Otro criterio de esta resolución

¿Qué valor probatorio tienen los registros de obra frente a un certificado de experiencia?

En este caso, el Tribunal consideró inexacto el certificado de febrero de 2025 que atribuía a Juan Gabriel Gonzales Quispe experiencia como residente, al contrastarlo con la información de INFOBRAS, que identificaba a William Óscar Martínez Pérez en el mismo cargo, obra y periodo. La conclusión se limita a la información examinada por el Tribunal. Decisión: Se determinó que el certificado contenía información inexacta.

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