Análisis del Tribunal
¿Qué analizó el Tribunal?
El Tribunal expuso que la configuración de la infracción requería verificar la presentación efectiva y la falsedad o adulteración, o la inexactitud imputada. Como no se acreditó el primer presupuesto, el Tribunal concluyó que no podía verificar el cumplimiento de los presupuestos de las infracciones imputadas. La decisión no declaró que el certificado fuera auténtico ni que su contenido fuera veraz; se basó en la falta de acreditación de su presentación efectiva.
Enseñanza jurídica
Criterio principal
La infracción por presentar un certificado falso, adulterado o inexacto exige acreditar primero que el proveedor lo presentó efectivamente ante la entidad. Las dudas sobre la emisión o registro del certificado no suplen esa prueba de presentación; la falta de sanción por ese motivo tampoco equivale a reconocer que el certificado sea auténtico o veraz.
Pronunciamiento
¿Qué decidió el Tribunal?
No se impuso sanción; el Tribunal no resolvió afirmativamente que el certificado fuera auténtico, veraz, falso o adulterado.
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