Resolución del Tribunal

Resolución N.° 06324-2026-TCP-S5

¿Cuándo es injustificado no presentar documentos para perfeccionar un contrato?

Tribunal de Contrataciones Públicas22 de junio de 2026Responsabilidad administrativa por incumplir injustificadamente la obligación de perfeccionar el contrato

Análisis del Tribunal

¿Qué analizó el Tribunal?

La Sala señaló que el postor adjudicatario debe acreditar circunstancias que hicieron imposible, física o jurídicamente, suscribir el contrato, o factores ajenos a su voluntad pese a haber actuado con diligencia ordinaria. Consideró que la discrepancia interpretativa no fue un evento extraordinario, imprevisible e irresistible que imposibilitara el cumplimiento. Valoró que, aun después de recibir la observación y contar con plazo para subsanarla, el proveedor no completó las licencias requeridas. Advirtió que el expediente no contenía elementos probatorios que sustentaran una justificación suficiente.

Enseñanza jurídica

Criterio principal

El adjudicatario debe presentar los documentos exigidos para perfeccionar el contrato y subsanar oportunamente las observaciones que correspondan. Una discrepancia sobre la interpretación de las bases no justifica, por sí sola, el incumplimiento: se requiere acreditar una imposibilidad física o jurídica o factores ajenos a su voluntad que impidieron cumplir pese a la diligencia ordinaria.

Pronunciamiento

¿Qué decidió el Tribunal?

La Sala rechazó la justificación alegada y tuvo por configurada la infracción del literal b) del numeral 50.1 del artículo 50 del TUO de la Ley N° 30225.

Otro criterio de esta resolución

¿Cómo se determina qué trabajadores deben acreditar las licencias exigidas en las bases?

En este procedimiento, la Sala interpretó conjuntamente el literal o) del numeral 2.4 y los numerales 6 y 8 de las bases integradas, y concluyó que la licencia SUCAMEC vigente se exigía al personal clave propuesto: un supervisor y nueve agentes, sin limitarla a los agentes asignados a puestos armados. La presentación de licencias de un supervisor y cuatro agentes no subsanó íntegramente el requisito para perfeccionar el contrato. Decisión: Se desestimó la alegación del proveedor. La Sala consideró que debía presentar licencias vigentes de un supervisor y nueve agentes, y que la documentación de un supervisor y cuatro agentes no subsanó el requisito.

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