Análisis del Tribunal
¿Qué analizó el Tribunal?
El impedimento aplicable a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad de un consejero regional rige en el ámbito de competencia territorial del consejero mientras ejerce el cargo y hasta doce meses después de concluido. La información electoral acreditó que Angel Levi Moscoso Deza ejercía como consejero regional de Pasco. La declaración jurada de intereses y las fichas RENIEC acreditaron que el proveedor era su hermano. La entidad contratante estaba ubicada dentro de la competencia territorial del consejero. Al perfeccionarse la orden de servicio, el consejero se encontraba en ejercicio del cargo.
Enseñanza jurídica
Criterio principal
El impedimento por parentesco con un consejero regional debe evaluarse según el grado de consanguinidad, el ámbito territorial de competencia de la autoridad y el periodo de vigencia establecido por la norma aplicable. En el supuesto examinado, el parentesco de segundo grado y la contratación dentro de ese ámbito durante el ejercicio del cargo determinaron el impedimento.
Pronunciamiento
¿Qué decidió el Tribunal?
El Tribunal concluyó que el proveedor estaba impedido para contratar con la Municipalidad Distrital de Villa Rica cuando se perfeccionó la orden de servicio.
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